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miércoles, 14 de abril de 2010

REQUISITOS PARA GANAR EL JUBILEO

Un Privilegio casi milenario

Compostela goza de un singular privilegio concedido por vez primera hacia el Año 1122. Aunque la Bula de concesión más antigua, que conservamos, es la Regis aeterni del Papa Alejandro III fechada en 1179, en ésta se confirma el privilegio del Papa Calixto II (1118-1124).

El privilegio concedido, y confirmado por Alejandro III, consiste en que cada año que el 25 de julio, fiesta del Apóstol Santiago, coincide en domingo se podrán ganar en la Iglesia de Compostela en plenitud las gracias del Jubileo.

Cada 6, 5, 6 y 11 años es Año Santo, ya que es con esta cadencia con la que el día de Santiago (25 de julio) cae en domingo.

En estos años los católicos pueden conseguir la Bula Jubilar o Jubileo. Para ello los requisitos son los siguientes:
1. Visitar la Catedral de Santiago de Compostela.
2. Rezar alguna oración (al menos, el Credo, el Padre nuestro y pedir por las intenciones del Papa). Se recomienda asistir a la Misa del Peregrino (todos los días a las 12:00 horas).
3. Recibir los sacramentos de la penitencia (puede ser quince días antes o después) y de la Comunión.

La Gracia del Jubileo consiste fundamentalmente en una indulgencia plenaria para el perdón de la pena que merecen los pecados propios o de los difuntos.

La gente confunde a veces el jubileo con la Compostela, cuando son cosas totalmente diferentes.

La Bula Regis del Papa Alejandro III en el Siglo XII aprueba la absolución de todos los pecados, por graves que sean a través de la Gracia del Jubileo.

Para ganarlo, basta con visitar la Catedral de Santiago cualquier Año Santo (aquellos en los que el 25 de Julio cae en Domingo), rezar alguna oración, y comulgar en los 15 días posteriores a la visita.

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